20 abril, 2026 6:26 pm
tortugas exportacion

Planteamos el título de esta nota como una pregunta, porque seguramente todavía queda tela para cortar en este asunto y con el correr de las horas podremos aportar una definición. Lo cierto es que la Disposición 381/2025 que se publicó en el Boletín Oficial de este martes, con la firma del subsecretario de Ambiente del gobierno de Javier Milei, Fernando Jorge Brom, deroga una vieja norma de 1986 que prohíbe que la Argentina exporte ejemplares vivos de fauna silvestre.

“Por Resolución 62 de fecha 31 de enero de 1986 de la ex Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, se suspende por tiempo indeterminado la exportación, la comercialización en jurisdicción federal y tráfico interprovincial de ejemplares vivos de todas las especies de la fauna autóctona, con excepción hecha de aquellas que sean consideradas dañinas o perjudiciales por la legislación nacional y provincial vigente y las criadas zootécnicamente por establecimientos inscriptos”, recuerda la nueva normativa de la gestión libertaria.

Y agrega, antes de abrogar esa vieja normativa, que: “Dicha suspensión, además de poseer carácter general cuando debería establecer especies en forma taxativa, excede largamente pautas temporales razonables manteniendo una vigencia de más de 38 años”.

La disposición desregulatoria firmada por Brom también apunta contra la Resolución 513/2007 de la ex Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, que prohibía la caza, la captura, el tránsito interprovincial, el comercio en jurisdicción federal y la exportación de ejemplares vivos, productos y subproductos de la fauna silvestre” según dos anexos muy extensos que incluyen todo tipo de animales.

Cuenta Brom que otra resolución más reciente, la 389/2022, el ex ministro Juan Cabandié trató de establecer excepciones al tránsito interjurisdiccional de ejemplares vivos de fauna silvestre. Pero remarcó que su “aplicación práctica, además de vulnerar las autonomías provinciales, resulta muy ineficiente, conllevando un exceso de burocracia y un tiempo no compatible con el bienestar animal, por lo que la misma debe abrogarse”.

Por lo tanto, el funcionario libertario ahora decidió; “Abróganse las Resoluciones ex SAGyP 62/86 y ex MAyDS 389/22”.

Y en el caso de la normativa de 2007, estableció tres excepciones al artículo esencial de la misma, que “prohíbe la caza, la captura, el tránsito interprovincial, el comercio en jurisdicción federal y la exportación de ejemplares vivos, productos y subproductos de la fauna silvestre”.

Las tres excepciones son:

El tránsito interprovincial y la exportación de ejemplares vivos, productos y subproductos de ejemplares provenientes de criaderos inscriptos.

El tránsito interprovincial de ejemplares vivos en carácter de emergencia por razones sanitarias y/o rehabilitación y/o decomisos efectuados por autoridades jurisdiccionales.

El tránsito interprovincial, la exportación de ejemplares vivos, productos y subproductos de las especies detalladas en los Anexos I y II de la presente con fines científicos o de repoblación aprobados por las autoridades competentes”

Es decir, la normativa no abre la puerta a la exportación y el comercio indiscriminado de fauna silvestre. Pero, en aras de una supuesta desburocratización, deja abiertas las ventanas.

“La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina”, define el subsecretario de Ambiente, que depende del secretario de Deportes y Turismo, Daniel Scioli.

Hace un par de años, el ex Ministerio de Ambiente informó que el mercado del comercio ilegal de vida silvestre genera, según estimaciones, entre 15 y 20 mil millones de dólares estadounidenses al año, siendo el cuarto comercio ilegal en el planeta, detrás de la venta de drogas, la falsificación y el tráfico de personas.

“Más de 100 especies de aves, 20 de reptiles y 15 de mamíferos de nuestro país son afectados por el tráfico de fauna. De todas ellas, unas 20 entran en una categoría de amenaza”, agregó aquel informe, que citó las aves (cardenal, federal, tucán y loro hablador), los reptiles (tortugas sobre todo), los mamíferos (monos, felinos y ciervos) y los mamíferos marinos, como especies objeto.

Fuente: Bichos de Campo